domingo, 28 de octubre de 2007

Resolución Asamblea Extraordinaria

Que, convocados los asambleístas a dar continuación al cuarto intermedio a la Asamblea Extraordinaria del día 27 de septiembre ppdo., y luego de un pormenorizado informe por parte de Secretaría General en relación a los acontecimientos sucedidos luego de esa fecha, en los que podemos destacar: miércoles 17 la marcha de la Multisectorial; el Acuerdo Nº 30 que bajo el pretexto de reglamentar el derecho de huelga cercena el mismo además de ser una clara intromisión a la libertad sindical, los recursos de reconsideración como consecuencia de este Acuerdo (contra la resolución 225/07 y demás), las presentaciones realizadas ante el Ministerio de Trabajo , delegación Corrientes y el de la de la Nación (éste presentado por Federación Judicial Argentina), la notificación que nos fuera suministrada por la OIT; los descuentos arbitrarios ordenados por el Presidente del STJ, sin tener en cuenta el carácter alimentario que se les hizo resaltar en los continuos reclamos peticionados; las manifestaciones de los representantes de los Colegios de Abogados que se hicieron presentes en el Superior Tribunal de Justicia, aduciendo el Pte. del Colegio de Abogados de la Primera Circunscripción que el Acuerdo 30 le fue indicado por él al Pte. del Superior Dr. Farizano; el reproche que los presentes realizaron en cuanto a las manifestaciones vertidas por algunos de ellos; las explicaciones dadas en cuanto al procedimiento realizado luego de las presentaciones ante el Ministerio de Trabajo y OIT; luego de un amplio debate de los pro y contra de las implicancias en las medidas a adoptar, por el cercenamiento de la libertad sindical y del derecho de huelga, en las que no se puede dejar de soslayar que no continuar con medidas de fuerza no es retroceder en el respeto que como trabajadores nos debemos sino en salvaguarda de nuestra fuente laboral gravemente violada por la Acordada 30 punto23 y exigimos puesto que nuestra lucha se circunscribe al respeto irrestricto de la ley de Autarquía consagrado y ratificado en la Constitución Provincial (art.192), como igualmente a leyes consagradas en la Constitución Nacional y Pactos Internacionales, hemos RESUELTO:

1) Aprobar el informe suministrado por Secretaría General.
2) Mantener el estado de alerta, movilización y asamblea permanente.
3) RATIFICAR la solicitud de actualización de incremento salarial.
4) REPUDIAR el Acuerdo Nº 30 punto 23 que cercena la libertad sindical y nos prohíbe el derecho de huelga.
5) ACEPTAR el ofrecimiento del Ministerio de Trabajo Delegación Corrientes, para intervenir como “amigable componedor”.
6) RATIFICAR que la Comisión Directiva es la UNICA representación oficial autorizada del Sindicato de Trabajadores Judiciales, facultándose a la misma a realizar todas las gestiones pertinentes ante el STJ para el cumplimiento de los objetivos del punto 3 y devolución de los haberes descontados ilegítimamente, solicitando una nueva audiencia al Superior en el transcurso de la semana para plantear dichos reclamos y arribar en forma dialogista al resultado esperado por los Asambleístas.
7) REPUDIAR las expresiones de los Presidentes y/o representantes de los Colegios de Abogados de la Provincia, como así también de los profesionales del derecho del medio que nos denigran como trabajadores judiciales apoyando lo actuado hasta ahora por el STJ en clara violación a la Constitución Nacional.
8) RATIFICAR nuestra defensa irrestricta a la CARRERA JUDICIAL y AUTARQUIA FINANCIERA DEL PODER JUDICAL
9) FACULTAR a Comisión Directiva, a concertar –cuando lo considere necesario- con la Multisectorial y/ u otras organizaciones a convocarnos a las marchas, movilizaciones, manifestaciones y/o cualesquiera otro reclamo que se tuviere que realizar.
10) PASAR a cuarto intermedio esta Asamblea para realizar su continuación el día 17 de noviembre del año en curso en nuestra sede social de calle Paraguay 814 facultando a la Comisión Directiva a adelantar la misma si los acontecimientos lo hicieren necesarios.

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