viernes, 13 de junio de 2008

Quitan al Poder Judicial los excedentes de coparticipación

Por Decreto Nº 867 del 16 de mayo de 2008, el Poder Ejecutivo (PE) dispuso la distribución de los excedentes de coparticipación que ascienden a $ 163.243.208 millones de pesos al 31 de diciembre de 2007.
El Poder Judicial (PJ) no fue incluido en la normativa que establece el destino de los fondos para los Ministerios de Gobierno y Justicia, Hacienda y Finanzas, Educación y Cultura, Salud Pública, Obras y Servicios Públicos; además del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente; Ente Regulador – Administración Obras Sanitarias; Secretaría de Planeamiento; Fiscalía de Estado y Dirección Provincial de Vialidad.
Esto se da en clara inobservancia a la Ley de Presupuesto 2008, Nº 5821, que autoriza al PE en su Art. 20 a incluir en el ejercicio actual los mencionados fondos excedente a diciembre del año pasado los cuales deberán ser redistribuidos de acuerdo a los porcentajes establecidos en el Art. 26 de la misma normativa. Esto es: el 50 % a la Partida de Personal de toda la Administración Pública; el 20 % a la partida correspondiente al Ministerio de Salud Pública; el 8 % a la partida correspondiente a la Dirección de Minoridad y Familia; el 2 % al programa de Centros de Transferencia de Residuos Patológicos de la Provincia y el 6,27 % al Presupuesto del Poder Judicial.
Tampoco se tuvo en cuenta lo establecido por la Constitución Provincial en su Art. 192, la Ley de Autarquía Nº 4420 y el Acuerdo Extraordinario Nº 16/02 Anexo 1 donde se establece que el monto del Presupuesto del Poder Judicial será, como mínimo, el 6,27 % del monto total del Presupuesto General de la Provincia.
Con el citado Decreto se priva al PJ de $ 10.235.349,18 millones de pesos, que no solamente podrían ser destinados a la recomposición salarial sino también a paliar otras necesidades del sector.

PRESENTACIÓN
Este viernes a la mañana, la Comisión Directiva del SITRAJ realizará una presentación al Superior Tribunal de Justicia a fin de que se tomen medidas tendientes a revertir lo establecido por Decreto del Poder Ejecutivo, dictado en forma arbitraria y sin la más mínima observancia a la Constitución y las Leyes. No podemos expresar solo deseos de que se respete la normativa en vigencia sino que las mismas deben ser ejecutadas y para ello no hay nadie más que la propia cabeza del Poder Judicial.

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